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Año 6 - Abril/2004
BIMESTRAL
N° 23
analisis    INICIO      Lunes 29 de Abril del 2024    
  EDITORIAL

  ENTREVISTA
Baltazar Garzón Real: Lbertad de expresión: un derecho esencial.
Rodrigo Borja: Recovecos d ela Historia

  POLITICA
El Cuento de la descentralización

  INVESTIGACION
Contraloría investiga
Fiscalía investiga
Represión de Guardia Ciudadana

  ANALISIS
Un Código de conducta para Jueces

  DENUNCIA
El Juez de la mancha
Un Diplomático Falso

  REPORTAJE
Migración vs. explotación

  OPINION
Un Diplomático Falso
Preservar lo nuestro

  ARTE
Santos

POR: José Peña Ruiz

 

 


Un Código de Conducta
para Jueces

Para que el sistema democrático se afiance definitivamente en el Ecuador es necesario que la Administración de Justicia constituya un servicio oportuno y leal a todos los miembros de la comunidad. Es una aspiración sentida por todos transformar nuestro sistema judicial por uno nuevo, que sea más ágil y vital, que deje de ser burocrático, rígido, lento, a veces ineficaz y alejado del público.

Nuestro servicio de Administración de Justicia no sólo debe proclamar los derechos humanos sino transformarse en el defensor de oficio de los mismos, ser la garantía cabal de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos. No se trata únicamente de exigir el mejor y más digno nivel de vida a favor de los servidores judiciales, que bien lo merecen, igual que todos los ecuatorianos, lo fundamental para lograr la transformación de nuestro sistema de administración de justicia es conseguir que todos y cada uno de los magistrados, jueces y servidores judiciales actualicen permanentemente sus conocimientos, especialmente profundicen su bagaje cultural jurídico, desarrollen en cada función y momento las habilidades y destrezas que les competen.

Lo dicho en líneas precedentes adquiere más importancia si consideramos que desde agosto del 98, desde cuando la Constitución expedida en aquel año entra en vigor, se ha incorporado a nuestro sistema legal y especialmente a nuestro sistema procesal una novísima cultura jurídica que aún no es bien conocida por todos los "operadores de la Justicia". El desafío es grande, y si bien la tarea se ha intentado cumplir, falta aún bastante para lograr el objetivo.

Todo un proceso de mejoramiento de la administración de Justicia se viene cumpliendo de una década para acá, pero creemos que el trabajo cumplido ha sido parcial, se ha empeñado bastante en lo que significa autonomía presupuestaria de la Función Judicial, que se ha conseguido a medias, atención material a las necesidades de los más diversos recursos, también con logros parciales, pero lo que menos se ha tocado es el proceso de cambio de la mentalidad de quienes intervienen en los diferentes campos de la Administración de Justicia.

El Ministerio Público está por ejemplo cumpliendo un reto muy significativo en cuanto a introducir el nuevo sistema penal. Hay mucho que hacer, especialmente se necesita que el Fiscal cuente en cada caso con más apoyo técnico y científico para que la investigación sea integral. El Consejo de la Judicatura debe y creo que está preparando a los jueces, sin embargo en este campo hay todavía mucho que conseguir, ventajosamente la Universidad ecuatoriana ha contribuido significativamente en este campo instituyendo el cuarto nivel de estudios que ofrece una actualización permanente a los funcionarios y servidores de la Justicia. La Policía Judicial también ha hecho esfuerzos, pero queda mucho trabajo pendiente. Sigo pensando que la Policía Judicial no debe jamás ser parte de la Policía Nacional, sino un organismo directamente sometido y auxiliar de fiscales y jueces.

La verdadera carrera judicial debe establecerse en el país como un sistema total que escoja con absoluto cuidado el personal que tiene el delicado papel de administrar Justicia. Hasta ahora se ha intentado de una u otra manera, cumplir con procesos de selección, pero no han sido efectivos. Los resultados prueban que falta mucho en lo tocante a preparación de magistrados, jueces y servidores en general. Antes de establecer la verdadera carrera judicial, por lo menos se debería intentar expedir una Carta de Conducta para Magistrados y Jueces, y al respecto, pienso que esa carta debería contener por lo menos algunas de las siguientes ideas básicas.

Para que las sentencias de los tribunales y de los jueces sean respetadas es necesario devolver a la Función Judicial la confianza pública, probando en los hechos que existe una absoluta independencia de Magistrados y Jueces respecto de las otras funciones del Estado o de otras instituciones con peso social o político en el país. Cada Magistrado y cada Juez debe en todas y cada una de sus actuaciones obrar con absoluta integridad moral, esto es, sus fallos deben ser expedidos sin favor ni temor.

Los Magistrados y Jueces deben y tienen que ser independientes, no deben obedecer a nadie más que a la Constitución y a la Ley y a su propio Código de Conducta. "Los Magistrados y Jueces serán independientes en el ejercicio de su potestad jurisdiccional aun frente a los demás órganos de la Función Judicial; solo estarán sometidos a la Constitución y a la Ley" dice el artículo 199 de la Ley Suprema.

La imparcialidad del Magistrado y del Juez existe cuando hay un sometimiento racional a los principios de la Justicia expresados en las normas constitucionales y en las leyes. El alejamiento de los magistrados en sus funciones de lo que manda la Constitución y la Ley genera la desconfianza social en el sistema judicial.

La rectitud en la vida pública y también en la vida privada del Magistrado y del Juez es una condición insoslayable para que exista confianza pública en su gestión. El Magistrado y el Juez tienen que evitar siempre conductas impropias, sospechosas o que sean aparentemente inadecuadas. El Magistrado y el Juez no sólo deben ser honorables e íntegros sino también aparentar serlo, porque su vida pública y privada es un referente en la sociedad.

La vida pública y privada de los Magistrados y de los Jueces está sometida a un constante escrutinio público. Las conductas impropias, o aparentemente impropias deben ser excluidas de la conducta profesional de los Magistrados y aún de su accionar familiar y social. Las relaciones sociales, familiares, o políticas no pueden ni deben pesar en la conducta oficial y privada de los Magistrados y Jueces.

Al Magistrado y al Juez no le puede ni le debe interesar el prestigio de los abogados o de sus oficinas profesionales, tampoco debe el Magistrado y el Juez permitir que alguien intente siquiera influir en su conducta por ningún motivo ni circunstancia. Quien acepta la judicatura, sea como magistrado o como Juez, está obligado a alejarse de toda institución u organismo que implique prácticas discriminatorias basadas en aspectos religiosos, políticos, económicos, étnicos o de otra naturaleza.

El magistrado y el Juez tienen que saber y entender que su calidad de administradores de la Justicia está por encima de toda otra consideración, de manera que primero ha de cumplir sus obligaciones de Magistrado y luego las demás funciones. El Magistrado y el Juez tienen que conocer y resolver oportunamente todas las causas que les lleguen por la vía legal, con excepción de aquellas que la ley les impide conocer y resolver. El Magistrado y el Juez deben ser fieles a la Constitución y a la Ley. No debe existir para ellos el interés partidista, ni el temor a la crítica. La opinión pública no debe pesar jamás en las resoluciones de un Magistrado.

"El sistema procesal será un medio para la realización de la Justicia. Hará efectivas las garantías del debido proceso y velará por el cumplimiento de los principios de inmediación, celeridad y eficiencia en la administración de Justicia. No se sacrificará la Justicia por la sola omisión de formalidades". Esta es otra proclama constitucional. El Magistrado y el Juez están obligados por la Ley y por la Ética a exigir de todos los que se vinculen con el servicio de la administración de Justicia un comportamiento decoroso y digno, como el trato que ofrecen a diario a sus compañeros de tarea y al público en general.

La conducta del Magistrado y del Juez debe caracterizarse por la cortesía, el decoro, la dignidad y la paciencia frente a las partes, a los auxiliares de la Justicia y los testigos. El magistrado y el Juez deben desterrar de su cabeza los prejuicios de cualquier índole que fuere. Su proceder debe ser caracterizado por la imparcialidad que es una virtud tan difícil de practicar pero que caracteriza la personalidad del verdadero Magistrado y Juez.

"En materia de derechos y garantías constitucionales, se estará a la interpretación que más favorezca su efectiva vigencia. Ninguna autoridad podrá exigir condiciones o requisitos no establecidos en la Constitución o en la Ley, para el ejercicio de estos derechos". Es hora de empezar la lucha para que la Justicia se transforme en el soporte principal de la Democracia, la Paz y la Justicia.



 


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